15/5/2013 | 16:28         
LOCAL
Propone la UCR que se lleve un registro de los pedidos de audiencia
El bloque de la Unión Cívica Radical anunció la presentación de un proyecto en el HCD, mediante el cual propone la creación de un registro de solicitudes de audiencia formuladas por vecinos e instituciones a los funcionarios del Ejecutivo y el Deliberativo de la Municipalidad de Rojas.
Propone la UCR que se lleve un registro de los pedidos de audiencia

El bloque de concejales de la Unión Cívica Radical dio a conocer la presentación de un nuevo proyecto en el Concejo Deliberante local, en este caso proponiendo la creación de un registro de solicitudes de audiencias formuladas por vecinos e instituciones a los funcionarios políticos de los departamentos Ejecutivo y Deliberativo de la Municipalidad de Rojas.

El texto de la gacetilla informativa recibida por HOY es el siguiente:

“En la mañana de este miércoles el Bloque de Concejales de la UCR ingreso para su tratamiento un proyecto de Ordenanza Creando el Registro de Audiencias de Gestión de Intereses.

“En la fundamentación la bancada radical expresa que ha recepcionado desde que asumiera el Intendente Martín Caso numerosos reclamos respecto a que el señor Intendente Municipal no otorga audiencias donde poder plantear las inquietudes de nuestros vecinos en forma directa, siendo el caso más emblemático el de la Presidente del Consejo Escolar Maria Eugenia Armellini que hizo público que hace tres meses le pidió una Audiencia al Intendente y nunca obtuvo respuesta.

“Ante esta situación y sin ánimo de focalizar esta problemática en la actual administración municipal y su forma de comunicación con las instituciones y vecinos los ediles radicales consideran necesario regular en el Distrito de Rojas por Ordenanza Municipal el “Registro de Audiencias de Gestión de Intereses” para que queden registradas las solicitudes de audiencias, los intereses que esta invoca, y el funcionario al que fue solicitada.

EL PROYECTO

“Visto – Que este Bloque de Concejales ha recepcionado desde que asumiera la actual gestión municipal numerosos reclamos respecto a que el señor Intendente Municipal no otorga audiencias donde poder plantear las inquietudes de nuestros vecinos en forma directa.

“Considerando –Que ante esta situación y sin ánimo de focalizar esta problemática en la actual administración municipal y su forma de comunicación con las instituciones y vecinos consideramos necesario regular en el Distrito de Rojas por Ordenanza Municipal el “Registro de Audiencias de Gestión de Intereses” para que queden registrados las solicitudes de audiencias, los intereses que esta invoca, y el funcionario al que fue solicitada

“Que esta normativa va en concordancia con lo establecido en el Anexo III del Decreto 1172/2003, “Reglamento General para la Publicidad de la Gestión de Intereses en el Ámbito del Poder Ejecutivo Nacional”.

“Que desde esta bancada hemos presentado numerosas iniciativas tendientes a transparentar la administración Municipal, como Presupuesto Participativo, Audiencias Publicas , Veedurías Ciudadanas, Elección de los Delegados Municipales por voto popular etc.

“ Que por consiguiente este Bloque de Concejales eleva para su aprobación el siguiente Proyecto de Ordenanza Creando el “Registro de Audiencias de Gestión de Intereses”.

PROYECTO DE ORDENANZA

“ARTÍCULO 1: Crease en el ámbito del Departamento Ejecutivo Municipal y el Honorable Concejo Deliberante ( Rojas) el “Registro de Audiencias de Gestión de Intereses” (RAGI).

“ARTÍCULO 2: El objeto de la presente Ordenanza es registrar los pedidos de audiencias solicitadas por personas físicas o jurídicas, públicas y privadas a los funcionarios públicos que integran el Departamento Ejecutivo Municipal y el Honorable Concejo Deliberante del Distrito de Rojas

“ARTÍCULO 3 : Los funcionarios, desde el Intendente y Presidente del HCD hasta los cargos de secretarios y directores, serán responsables de registrar en el RAGI los pedidos de audiencias que se refieran a una gestión de intereses .

“ARTÍCULO 4: Cuando la solicitud de audiencia sea dirigida a un funcionario que no se encuentre alcanzado por lo dispuesto en el primer párrafo de este artículo, pero que dependa jerárquicamente de alguno de los allí enumerados, deberá comunicarlo por escrito al superior obligado en un plazo de CINCO (5) días, a efectos de que éste proceda a su registro.

“ARTÍCULO 5: En el RAGI se consignarán los datos personales, y de la persona jurídica, que permitan su identificación, indicando el interés invocado, si se relaciona con un interés propio, colectivo o difuso, la representación ejercida, el contenido de la audiencia, y un resumen de la misma.

“ARTÍCULO 6: La información contenida en los Registros de Audiencias de Gestión de Intereses tiene carácter público, debiéndose adoptar los recaudos necesarios a los fines de garantizar su libre acceso.

“ARTÍCULO 7: Toda persona física o jurídica, pública o privada, se encuentra legitimada para exigir administrativa o judicialmente el cumplimiento de la presente norma.

“ARTÍCULO 8: Se exceptúa de registración las presentaciones por escrito que contengan impugnaciones o reclamos en el marco de expedientes en trámite.

“ARTÍCULO 9: El incumplimiento de lo previsto en la presente ordenanza constituirá falta grave.

“ARTÍCULO 10: Derógase toda disposición que se oponga a la presente.”