LA PLATA, nov 8 (DIB).- La Suprema Corte de Justicia bonaerense ratificó un fallo de un tribunal inferior que condenó a una pareja marplatense a pagar una indemnización por los daños que ocasionó su hijo, menor de edad, a otra persona que arrolló con su bicicleta, mientras transitaba por la calle en contramano.
La resolución del máximo tribunal provincial sienta un precedente en la materia puesto que el castigo a los padres por los errores cometidos por sus hijos siempre ha generado polémica, e incluso en algunos municipios se ha debatido la implementación de ordenanzas con condenas en ese sentido.
El fallo se basa en una resolución de la Sala II de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial marplatense que condenó a Miguel Sidorín y Lidia Susana Borotti, padres del menor Matías, por “daños y perjuicios” a Raúl Alberto González, quien fue atropellado por el adolescente a finales de la década del 90, provocándole “traumatismo de cráneo con secuelas”.
Esa resolución había sido rechazada por los condenados, quienes interpusieron un recurso de inaplicabilidad de ley, calificando la medida de “absurdo”, aseverando que “han procurado brindarle a su hijo una educación y contención acorde con su edad, madurez y posición social” y además cuestionaron la tasa dispuesta para el pago de la indemnización.
La Corte tomó el caso, sólo resolvió rechazar la resolución del tribunal anterior que había dispuesto que se abone la indemnización mediante la tasa “activa” que percibe el Banco de la Provincia de Buenos Aires -por lo que se debe aplicar la tasa “pasiva”- y ratificó el resto del dictamen condenatorio para los padres.